Ley 3/2004 — Medidas contra la morosidad
Calculadora de intereses de demora
Te deben una factura. La ley te debe algo más: interés de demora desde el día siguiente al vencimiento —hoy el 10,40 % anual— y 40 € de compensación por costes de cobro. Calcula cuánto, con los tipos oficiales de cada semestre.
¿Y si no tuvieras que calcular esto?
Cobra persigue tus facturas por ti: recordatorios automáticos que suben de tono con elegancia, con los intereses de la Ley 3/2004 calculados e incluidos en la reclamación cuando tú decidas.
Reclamar mis facturas gratisPreguntas frecuentes
- ¿Qué interés de demora puedo reclamar por una factura impagada?
- El tipo legal de demora en operaciones comerciales: el tipo del BCE más 8 puntos, publicado cada semestre en el BOE. Ahora mismo (2.º semestre de 2026) es el 10,40 % anual. Se devenga desde el día siguiente al vencimiento, y esta calculadora aplica a cada tramo el tipo de su semestre.
- ¿Tengo que haberlo pactado en el contrato o avisar antes?
- No. La Ley 3/2004 lo establece de forma automática para operaciones entre empresas y autónomos: sin necesidad de aviso previo ni de pacto por escrito. Si el contrato fija un interés distinto, prevalece el pactado (con límites frente a cláusulas abusivas).
- ¿Qué son los 40 € de compensación?
- El artículo 8 de la ley reconoce una cantidad fija de 40 € por factura en concepto de costes de cobro, sin necesidad de justificarlos, y además el resto de costes acreditados que superen esa cifra.
- ¿A qué facturas se aplica?
- A operaciones comerciales entre empresas, o entre empresas y autónomos, en España. Quedan fuera las operaciones con consumidores y las deudas con las Administraciones Públicas (que tienen su propio régimen de plazos).
También te puede servir
La carta para reclamar esa factura, ya escrita
Elige el tono —del recordatorio amable a la última notificación con estos intereses incluidos— y copia el texto listo para enviar.
Generar la carta de reclamación →